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Principales novedades para la declaración del IRPF del ejercicio 2018

 

El plazo para presentar la Declaración del IRPF del ejercicio 2018 comenzó el pasado 2 de abril y finaliza el 1 de julio de 2019.

Pero ojo, porque en el caso de que el resultado de la declaración sea a ingresar el plazo de domiciliación bancaria finaliza el día 26 de junio y este año ya no se podrá presentar la Declaración en papel.

Se aumenta el límite de la obligación de declarar para los perceptores de Rentas del Trabajo con más de un pagador de 12.000 € ahora pasa a 12.643 €.

Declaración de exención de las Rentas por maternidad y paternidad. La Sentencia del TS 1462/2018 de 3 de octubre declaró la exención de estas prestaciones en aplicación de la letra h) del artículo 7 de la Ley del IRPF; por lo que esta es la primera declaración de IRPF a partir de la Sentencia meritada.

Se incrementan los límites exentos de las becas.

La cuantía diaria exenta de la retribución en especie de los “cheques-comedor” pasa de 9 a 11 € diarios.

Se aumenta el límite máximo de rendimientos netos del trabajo que permite al contribuyente aplicar la reducción por obtención de rendimientos del trabajo.

Rendimientos de capital inmobiliario

En cuanto a los rendimientos de capital inmobiliario (rentas derivadas de arrendamientos de inmuebles): hay que tener en cuenta que se ha regulado la obligación trimestral de informar sobre la cesión de viviendas con fines turísticos (mediante el modelo 179); y que a estos rendimientos no les resulta aplicable la reducción del 60% del artículo 23.2 de la Ley de IRPF.

En cuanto a los autónomos (rendimientos de Actividades Económicas): son deducibles los gastos de comidas en establecimientos de hostelería abonados con tarjeta con el límite de 26,67 € diarios. Y son deducibles el 30% de los gastos de suministros de la parte afecta de la vivienda habitual.

El saldo negativo de los rendimientos de capital mobiliario podrá compensarse con el 25% del saldo positivo de las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales.

Se aumenta la Base Máxima de Deducción por inversión en empresas de nueva creación a 60.000,00 € y se incrementa el porcentaje de deducción al 30%.

Incremento de 1.000,00 € adicionales en la deducción por maternidad por gastos de guardería o centros de educación infantil autorizados.

Aumento de la deducción por familia numerosa y nueva deducción por cónyuge (no separado legalmente), con discapacidad que perciba rentas de menos de 8.000,00 €.

En cualquier caso, en tuasesoriafiscal te recomendamos que acudas a tu asesor de confianza; ya que, tanto los posibles errores en la confección de la declaración como la falta de inclusión de las deducciones que te sean aplicables, al final puede resultarte caro

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