
13 Jun Registro Diario de Jornada
Desde el 12 de mayo de 2019, todas las empresas que tengan trabajadores están obligadas a llevar un Registro Diario de Jornada de todos y cada uno de ellos.
ES OBLIGATORIO PARA TODAS LAS EMPRESAS CON TRABAJADORES
Este Registro de Jornada debe incluir la hora efectiva de inicio y de finalización de cada jornada de trabajo y debe ser individualizada por cada trabajador.
Esta nueva obligación para las empresas se establece en el artículo 10 del Real Decreto Ley 8/2019 de 8 de marzo que modifica el apartado 9 del artículo 34 del Real Decreto Legislativo 2/2015 y entró en vigor el 12 de mayo de 2019.
La norma no nos indica si el Registro de Jornada debe realizarse en formato digital o en papel; por lo que, salvo que se establezca expresamente en el Convenio Colectivo o en grandes empresas se negocie con el formato con los representantes de personal, de momento y ante la falta de regulación expresa, los autónomos y pymes podrán optar por realizar el registro diario de jornada de forma digital (mediante la adquisición de software o apps específicas) o en formato papel.
La empresa está obligada a llevar al día el Registro Diario de Jornada
La empresa está obligada a llevar al día el “Registro Diario de Jornada” de todos y cada uno de sus trabajadores y a conservar estos registros durante 4 años.
El incumplimiento de estas obligaciones supondría una infracción grave por cada incumplimiento, con multas que podrían llegar hasta los 6.250,00 €.
Hasta el 12 de mayo de 2019, esta obligación se recogía en el artículo 12. 4 c) del Real Decreto Legislativo 2/2015 por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, y afectaba únicamente respecto de los trabajadores con jornada parcial. Por lo que debemos tener muy claro que a partir de esa fecha debemos llevar el Registro Diario de Jornada de los trabajadores a tiempo completo y de los trabajadores a tiempo parcial; es decir, de todos ellos y de forma separada e individualizada.
Con la intención de facilitaros esta obligación, desde tuasesoriafiscal hemos elaborado un modelo de Registro Diario de Jornada que os facilitamos para que podáis descargar aquí:
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